¿Qué pasa con los derechohabientes de la Pensión para Personas con Discapacidad al cumplir 65 años?
26 de agosto de 2026
Al cumplir 65 años de edad, las personas derechohabientes de la Pensión para las Personas con Discapacidad pasan automáticamente a la Pensión para las Personas Adultas Mayores, previa validación de su registro. El cambio se realiza en el bimestre en que son incorporadas al nuevo padrón.
Antes de esa edad, la cobertura depende de la entidad donde residan. En los 24 estados que cuentan con convenio de universalización, esta pensión atiende a personas con discapacidad permanente de 0 a 64 años.
En las ocho entidades restantes, las personas de 0 a 29 años forman parte de la población objetivo sin importar el lugar donde vivan; de los 30 a los 64 años, pueden recibirla quienes residan en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación.
Durante 2026, este Programa para el Bienestar otorga un apoyo económico de 3 mil 300 pesos bimestrales, de manera directa y sin intermediarios.
Al llegar a los 65 años, las personas derechohabientes dejan de estar dentro del rango de edad de esta pensión y, previa validación de su registro, son incorporadas automáticamente al padrón de la Pensión para Personas Adultas Mayores, que este año entrega 6 mil 400 pesos bimestrales.
De la Pensión para Personas con Discapacidad a la Pensión de Adultos Mayores
¿Quiénes pasan a la Pensión para Personas Adultas Mayores? Las personas registradas en el padrón de la Pensión para Personas con Discapacidad que cumplan 65 años.
¿El cambio es automático? Sí. La incorporación se realiza automáticamente, previa validación del registro.
¿Cuándo se realiza? En el bimestre en que la persona sea incorporada al padrón de la Pensión para Personas Adultas Mayores.
¿Hasta qué edad se recibe la Pensión para Personas con Discapacidad? Para las personas adultas que cumplen con los criterios de cobertura, hasta un día antes de cumplir los 65 años.
¿Cómo funciona la cobertura antes de los 65 años? En 24 entidades con convenio de universalización abarca de los 0 a los 64 años. En los ocho estados restantes, la cobertura de los 30 a los 64 años está sujeta a los criterios territoriales establecidos por el programa.
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